Desde ANSITI celebramos un nuevo pronunciamiento judicial que protege la estabilidad de los funcionarios interinos, sentando un precedente crucial para el personal en situación de temporalidad.
La reciente sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo número 1 de Soria, de fecha 7 de julio de 2025, estima íntegramente el recurso contencioso-administrativo presentado por una compañera interina contra el Ayuntamiento de Santa María de la Huerta (Soria).
Este importante dictamen anula la Resolución de Alcaldía de 14 de febrero de 2025 que cesaba a nuestra compañera como Secretaria Interventora Interina. El Tribunal Contencioso Administrativo de Soria ha determinado que dicho cese no es conforme a derecho, lo que implica la restitución inmediata de la compañera a su puesto de trabajo y la reposición de todos sus derechos económicos y profesionales con efectos desde el 3 de febrero de 2025.
Principio de unidad
Este fallo resalta un principio fundamental que ANSITI siempre ha defendido: la importancia del “principio de unidad de acto”. La sentencia enfatiza que la toma de posesión y el cese simultáneo de un funcionario de carrera que no llega a ocupar el puesto de manera efectiva NO desplaza al interino. El Tribunal subraya que la situación de necesidad que justificó el nombramiento de la funcionaria interina se mantiene mientras el puesto no sea ocupado de forma efectiva por un funcionario de carrera.
Esta sentencia es similar a otras victorias obtenidas por ANSITI, como la de la compañera en Extremadura (fue ganada en el Contencioso Administrativo de Cáceres y tras el recurso de la Junta de Extremadura, fue ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de esta comunidad autónoma), y refuerza la línea jurisprudencial que busca proteger a los funcionarios interinos del abuso de temporalidad y de ceses injustificados. El tribunal soriano señala que, en este caso, la Administración actuó basándose en “información verbal” no documentada, y que el cese fue realizado por el alcalde sin que concurriera una causa legal que lo justificara, dado que el puesto no fue ocupado de forma efectiva por el funcionario de carrera que tomó posesión y cesó en el mismo acto.
Desde ANSITI, continuamos trabajando incansablemente para garantizar que los derechos de todos los funcionarios interinos sean respetados y que se avance hacia una verdadera estabilización del empleo público.
¡La lucha continúa y cada victoria nos acerca más a la justicia que merecemos!
