La Asociación Nacional de Secretarios, Interventores y Tesoreros Interinos (ANSITI) ha presentado formalmente un requerimiento ante el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública para asegurar la ocupación efectiva de todas las plazas ofertadas en el reciente proceso de estabilización.
Tras la Resolución dictada el pasado 8 de enero, después de casi tres años para resolverse, por la Secretaría de Estado de Función Pública, se ha constatado que de las 603 plazas vacantes ofertadas en el mencionado proceso selectivo, un total de 39 pertenecientes a la Subescala de Secretaría-Intervención han quedado desiertas debido a renuncias expresas o tácitas de los aspirantes inicialmente seleccionados. Ante esta situación, ANSITI solicita que se active el mecanismo de “relación complementaria” para que los siguientes 39 aspirantes con mejor puntuación puedan acceder a la condición de funcionarios de carrera.
La relevancia de esta petición cobra especial fuerza al analizar las cifras de la convocatoria. En este proceso de estabilización se presentaron más de 3.000 solicitudes, una cifra que contrasta drásticamente con las 603 plazas totales convocadas (distribuidas en 563 de turno general y 40 reservadas para personas con discapacidad). Ante la enorme cantidad de profesionales que aspiran a regularizar su situación, nuestra Asociación considera inaceptable que queden vacantes sin cubrir por una gestión administrativa mejorable.
>> Descarga del requerimiento presentado por nuestra organización al Ministerio de para la Transformación Digital y de la Función Pública.
La petición de nuestra asociación se ampara en el artículo 61.8 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), el cual faculta al órgano convocante a requerir una relación complementaria de aspirantes para garantizar la cobertura de las plazas cuando se produzcan renuncias antes del nombramiento o toma de posesión.
Asimismo, esta pretensión cuenta con el respaldo de la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo, citando las sentencias de 17 de junio y 22 de septiembre de 2025, que subrayan que la finalidad de este precepto es asegurar que ninguna de las plazas convocadas quede sin cubrir.
Nuestro presidente, Lorenzo Campillo, ha manifestado la importancia de esta medida para cumplir con la Ley 20/2021 de reducción de la temporalidad. «Desde ANSITI defendemos firmemente que, ya que no se ha garantizado la fijeza para el personal interino que lleva años sosteniendo la administración, es de justicia y de mínima eficiencia administrativa que, al menos, se incluyan estas plazas que han quedado vacantes. No podemos permitir que, habiéndose presentado más de 3.000 solicitantes para apenas 603 plazas, 39 de ellas se pierdan por una cuestión meramente formal cuando existen profesionales aptos esperando. El objetivo debe ser la cobertura total de las plazas ofertadas», afirma.
