La Asociación Nacional de Secretarios, Interventores y Tesoreros Interinos (ANSITI) valora el fallo del «Caso Obadal» como el fin definitivo de la figura del Indefinido No Fijo y de las indemnizaciones tasadas como solución al abuso de temporalidad en la Administración.


La Asociación Nacional de Secretarios, Interventores y Tesoreros Interinos (ANSITI) ha recibido con “profunda satisfacción y sentido de justicia” la sentencia dictada hoy por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en relación al asunto C-418/24 (Caso Obadal). El tribunal europeo ha vuelto a corregir la doctrina del Tribunal Supremo español, sentenciando que las medidas actuales en España son insuficientes para cumplir con la Directiva 1999/70/CE.

Para ANSITI, el fallo emitido desde Luxemburgo supone la confirmación de lo que este colectivo lleva años denunciando: que la figura del Indefinido No Fijo no es una sanción, sino una perpetuación de la precariedad. El TJUE es tajante al señalar que esta calificación jurídica “no constituye una medida adecuada para sancionar debidamente los abusos”, ya que mantiene al trabajador en una situación de provisionalidad constante. “El TJUE ha sido claro: no se puede parchear el abuso de derecho con figuras que no garantizan la estabilidad” ha indicado el presidente de ANSITI, Lorenzo Campillo. De este modo, la sentencia Obadal cierra la puerta a las interpretaciones restrictivas que el Tribunal Supremo y el Gobierno han intentado imponer para evitar la fijeza.

La asociación subraya que los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021 han demostrado ser ineficaces para reparar el daño individual de quienes ya estaban en abuso. “Los procesos de estabilización vigentes han resultado ser una «lotería» y no una sanción al abuso” indica el presidente de ANSITI, que subraya además que “convocar la plaza de un interino que lleva 15 años en abuso no es sancionar a la Administración, es poner en riesgo el puesto del trabajador abusado”. El TJUE sugiere que estos procesos no son una medida disuasoria suficiente si el trabajador en abuso puede perder su empleo sin una compensación que repare el daño de manera íntegra.

ANSITI celebra también que el TJUE desmonte el sistema de indemnizaciones de 20 días por año con tope de 12 mensualidades, calificándolo como no disuasorio. La justicia europea exige que la reparación sea íntegra y efectiva. En este sentido, la organización defiende, basándose en este fallo, que la indemnización debe tener un carácter punitivo. Si el Estado no quiere otorgar la fijeza, la compensación económica debe ser lo suficientemente alta como para que a la Administración le resulte económicamente inviable mantener el abuso.

Única vía, la conversión en personal fijo

Ante la ausencia de medidas sancionadoras eficaces en el ordenamiento español, ANSITI defiende que la conversión en personal fijo es la única vía que garantiza el cumplimiento del Derecho Comunitario, tal y como sugiere el fallo en ausencia de otras alternativas equivalentes. “los jueces de instancia ya no tienen excusa para desestimar las demandas de fijeza” apunta Campillo quien además advierte que “cualquier retraso en la adaptación de esta doctrina provocará una avalancha de recursos por responsabilidad patrimonial del Estado que puede tener un coste millonario para las arcas públicas”.

Para el colectivo de Secretarios, Interventores y Tesoreros, la sentencia tiene una lectura adicional: la independencia en el ejercicio de sus funciones. ANSITI argumenta que un funcionario que está en fraude de ley y teme por su cese es un funcionario más vulnerable a las presiones políticas. La fijeza que reclama el TJUE no es solo un derecho laboral, es una garantía de que el control de la legalidad en los ayuntamientos se realice sin miedo a represalias contractuales.

En vista a este fallo, ANSITI insta al Ministerio de Transformación Digital y de la Función Pública a convocar de manera urgente una mesa de negociación para adecuar la normativa nacional al dictado de Luxemburgo. “No podemos seguir ignorando a Europa. España tiene bloqueados más de 600 millones de euros de fondos europeos precisamente por no cumplir con la reducción de la temporalidad. El Caso Obadal es la última oportunidad para que el Estado español cumpla la ley y respete los derechos fundamentales de miles de empleados públicos”, concluyen desde la asociación.

Puedes consultar la sentencia completa en:

https://infocuria.curia.europa.eu/tabs/affair?lang=es&publishedId=C-418%2F24&searchTerm=C-418%2F24

ANSITI

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